El TLC Guatemala–Perú: la oportunidad logística está en convertir la preferencia arancelaria en confiabilidad
Amy Zepeda | Agente Aduanero, Magíster en Aduana
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La trazabilidad documental importa tanto como la ruta física de la carga.
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Desde el 1 de julio de 2026, Guatemala y Perú cuentan con un Tratado de Libre Comercio vigente. Más del 80 % de los productos negociados obtuvo acceso inmediato y AGEXPORT identifica un potencial superior a US$123 millones para bienes guatemaltecos. Sin embargo, el tratado no convierte una exportación en una operación competitiva.
Para las empresas de logística, el cambio no está únicamente en mover más carga, sino en coordinar mejor cada eslabón. La preferencia arancelaria solo genera valor cuando clasificación, regla de origen, prueba documental, permisos y transporte describen la misma operación.
Si un elemento falla, el ahorro puede convertirse en rectificaciones, garantías, almacenajes, demoras o inventario inmovilizado.
El TLC tampoco significa arancel cero para todos. Existen categorías de eliminación inmediata, desgravación gradual, contingentes y exclusiones. Además, los registros sanitarios y requisitos técnicos continúan vigentes. Antes de prometer rapidez o menor costo, hay que confirmar qué beneficio aplica y bajo qué condiciones.
El acuerdo reconoce el Certificado de Origen y la Declaración de Origen, esta última reservada al exportador autorizado. También permite tránsito o transbordo por terceros países sin perder origen, siempre que la mercancía permanezca bajo control aduanero y exista evidencia suficiente. La trazabilidad documental importa tanto como la ruta física de la carga.
El capítulo de facilitación promueve información anticipada, gestión de riesgo, procedimientos simplificados y, en la medida de lo posible, despacho dentro de 48 horas después de la llegada. Es una señal favorable, no una garantía automática. El tiempo real dependerá de la declaración, los permisos, el perfil de riesgo y la coherencia de los datos.
La oportunidad es elevar la conversación: del precio aislado del flete al costo total y la previsibilidad. Manufacturas, alimentos regulados, textiles y perecederos pueden usar el mismo corredor, pero no comparten los mismos riesgos. El operador que entienda esa diferencia protegerá mejor el margen y la confianza del cliente.
El impacto del TLC no se medirá por cuántas cotizaciones genere, sino por cuántas operaciones puedan repetirse sin perder preferencia, tiempo ni rentabilidad.

Dahianna Campos Gómez
TSI Group
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PPWR: El futuro del envasado ante la normativa UE
A partir del 12 de agosto de 2026 entrará en vigor el Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases, conocido como PPWR.
La normativa busca reducir los residuos, impulsar la economía circular y garantizar que todos los envases comercializados en Europa sean reciclables de forma viable para 2030. Para las empresas que exportan hacia la Unión Europea, el cambio implica una obligación de cumplimiento que ya no puede postergarse.
Uno de los puntos más exigentes del reglamento es la protección de la salud humana frente a los contaminantes. El artículo 5 fija límites estrictos a las sustancias peligrosas presentes en los materiales de envasado, lo que obliga a la industria a someter sus productos a controles de laboratorio cada vez más rigurosos.
El primer límite afecta a los metales pesados: la suma de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente no puede superar los 100 mg/kg en los materiales de envasado. Verificarlo exige ensayos analíticos de alta precisión, capaces de cuantificar metales a nivel de trazas.
El segundo límite alcanza a las sustancias per y polifluoro alquiladas, conocidas como PFAS. Desde el 12 de agosto de 2026, los envases en contacto con alimentos no podrán superar los niveles máximos establecidos para estos compuestos persistentes, cuya detección requiere metodologías analíticas de vanguardia.
El cumplimiento de estos límites no podrá basarse en una simple declaración: deberá demostrarse con documentación técnica. Antes de exportar a la UE, los fabricantes tendrán que presentar informes de ensayo que respalden científicamente los resultados, junto con la Declaración de Conformidad, disponible a lo largo de toda la cadena de suministro.
El plazo, aunque parece lejano, exige preparación inmediata. Revisar los materiales y ordenar la documentación técnica son pasos que permiten evitar retrasos en la exportación y bloqueos comerciales una vez que la norma entre en vigor.
Ante este escenario, contar con un socio analítico especializado se vuelve determinante. TSI Group, en alianza con Eurofins, ofrece servicios de ensayos analíticos y asesoría técnica para ayudar a las empresas exportadoras a verificar el cumplimiento de estos requisitos y facilitar su acceso al mercado europeo.